¿De dónde viene el nombre de Camposoto?
La sola palabra Camposoto siempre nos suena, aparte de la maravillosa playa de la Isla, a instalaciones militares, sin embargo poca veces hemos pensado sobre el origen de la misma. Su procedencia no es otra que campo de Soto, apellido de Juan de Soto y Avilés y sus sucesores que la poseyeron desde el siglo XVI.
El Capitán Juan de Soto y Avilés: Alférez Mayor de Cádiz
El capitán Juan de Soto y Avilés (este segundo apellido no es más que su lugar de procedencia, pero que a lo largo de todos sus sucesores se irá manteniendo), era Alférez Mayor Perpetuo de Cádiz, y al igual que todas las personas de importancia económica de la ciudad, poseía extensas posesiones en la Isla de León.
La Constitución del Mayorazgo de Camposoto en 1602
Con estas posesiones de la Isla y las que tenía en la ciudad de Cádiz (varias casas, almacenes, etc.), constituye un mayorazgo con la autorización real despachada por el rey Felipe III en Valladolid el 16 de noviembre de 1.602, y refrendada por Juan Ruiz de Velasco.
Transcripción del Documento Real de Felipe III
El texto real comienza así:
“Don Phelipe por la gîa de dios Rey de castilla de leon de aragon de las dos seçilias de... = Por quanto por pte de bos (está roto el documento y falta el trozo)capitan juan de soto y aviles nuestro rregidor de la çiudad de cadiz y doña mariana de herrera su mujr in (roto) a sido hecha rrelaçion que bosotros teneis y poseeis algunos juros y çenssos hereda...(roto) vienes parte dellos heredados de buestros padres y parte dellos adquiridos en nuestro serviçio de los quales querria de dcho mayorazgo en don luis de soto y aviles buestro hijo mayor y en sus hijos deçendientes y a falta del y dellos en otros de buestros hijos o hixas que al presente teneis e tubieredes adelante y en los suyos suplicandonos fuesemos servido de daros liçencia y facultad para ello o como la vuestra merçed fuesse /nos acatando/ lo que bos el dho juan de soto y aviles nos abeys servido y esperamos que el dho buestro hijo nos servira y porque de buestras personas y casa quede perpetua memoria por la presente de nuestro propio motuo y çierta çiençia y poderio rreal adsoluto de que en esta parte queremos usar y usamos como rrey y es natural nos rreconoçiense superior en la temporal damos liçençia y facultad a bos los dhos juan de soto y aviles y doña mariana de herrera su mujer para que de los dhos buestros vienes muebles rrayzes juros çensos rentas eredamientos y otros qualesquieras vienes que al presente teneis y adelante tuvieredes e de la parte...”
Límites y posesiones en la Isla de León (Siglo XVII)
Las posesiones que tenía en la Isla de León las conocemos por el propio documento de constitución del mayorazgo que protocoliza ante el escribano de Cádiz Alonso de Villarreal el 19 de mayo de 1.615 (Signatura 5491 del Archivo Histórico provincial). Del mencionado documento transcribimos:
“Ytem una heredad en la ysla de leon jurisdiçion del exmo sor duque de arcos que al presente tiene de viña puesta setenta y quatro arançadas las veinte y ocho de viña hecha y el rresto de mapallo del año pasado y deste que agora esta todo hecho un cuerpo y cercado de manposteria de canteria por la banda del camyno con vna cassa y bodega y jardin torre y arboleda junto al rrio que diçen de darillo que la eredad de viñas linda con una heredad de juan andrea fantoni y eredad de los erederos de don diego y don Bartolome de villaviçençio rregidores desta civdad y ansi mismo de mas de la viña puesta ay otra eredad de dha tierra calma a la parte de los subçesores del canonigo termoferra linde con heredad de erederos de po garçia del monte y por el frente y lados los caminos rreales que la viña hecha que tenia veinte y ocho aranzadas la conpre de los erederos de lorenço de autis rregor que fue desta dha çiudad y pago cada año seysçientos maravedis de tributo perpetuo a la mesa capitular de los señores dean y cabildo y tiene prebilegio de no desmar si no es a las mandas de la dha mesa capitular y es lo mismo que yo tenia quando se hiço la partiçion con mis hijos que se apreçio conforme al capitulo 27 del cuerpo de vienes en sesenta mill rreales y despues yo conpre la eredad que dicen de juan de luna que alon daba con la mia y agora esta yncorporada en ella en çinco mill ducados hecha tierra calma y la e agostado y puesto de majuelos el año pasado y este y se me bendio con cargo de çiento y dos rreales de tributo perpetuo cada año que se pagan al dho sor duque de arcos y dosçientos y ocho rreales al ryedimir y quitar a beinte y quatro mill el millar que se paga por la limona de las misas de la ermita qesta en la dha eredad como todo consta de la escripturas que paso ante alonso de villarreal en tres de heno del año pasdo de seisto y cat... y asi con este cargo y el tributo de la mesa capitular la doy al mayorasgo con el adereço de la capilla y serviçio de la casa...”
Los Caminos Reales y el paso hacia la Punta del Boquerón
Hemos preferido que sea el propio documento quien nos haga esta preciosa descripción de las posesiones del capitán Juan de Soto y por ella podemos conocer a otros propietarios del entorno, así como la existencia (ya conocida) de los caminos reales, que no son otros que el camino de la Isla de León a Cádiz que discurre bordeando el Río Arillo y el camino que desde Conil se dirige hacia Cádiz por la playa de Campo Soto, cruzando el caño de Sancti Petri a la altura de la Punta del Boquerón por medio de una barca. En el mapa de Fray Jerónimo de la Concepción de 1.690, se pueden observar perfectamente este camino y la barca, así como la heredad de los Soto. Otro dato importante es la existencia de una ermita dentro de estas posesiones.
Viñas, bodegas y la antigua Ermita junto al Río Arillo
Una descripción más reciente la vamos a encontrar en el año 1.849, en el testamento del último sucesor de Juan de Soto, del que nos hemos ocupado, Don Rafael Solís de Contreras, quien se agrega los apellidos “Soto y Avilés”. Hay que decir que las posesiones están ya reducidas, pues parte de ellas están ocupadas por algunas instalaciones militares. Conozcamos esta descripción:
“Un terreno conocido por Campo de Soto compuesto de 180 aranzadas poco más o menos, donde está la dehesa que nombran de la Carne, aunque en lo antiguo debía ser de más extensión, con viña, casa, bodega, torre y capilla, que todo ha desaparecido. Linda por el E. y S. con tierras del Conde de Alcudia, por el O. con marismas del río Arillo; y por el N. con tierras del Conde de la Gimera, con la Hacienda de la Compañía, y con el cuerpo de guardia de la Marquina...”
En los próximos artículos nos ocuparemos de la compra de la heredad de Juan de Luna y de una salina, así como del pleito por la instalación en tierras del mayorazgo de un almacén de pólvora y otros aspectos de las posesiones del capitán Juan de Soto y Avilés.
En el artículo anterior conocíamos las posesiones que el capitán Juan de Soto y Avilés tenía en la Isla de León y veíamos como compraba otra heredad y la agregaba a las que ya poseía, uniéndolo todo al mayorazgo que dejó fundado.
La extensa documentación relacionada con la compra de esta heredad la conocemos de manos del escribano de Cádiz Alonso de Villarreal (Signatura 5489 del Archivo Histórico Provincial). El primer documento está fechado el 12 de abril de 1.613 y por él sabemos como esta heredad perteneció a Jaime de Luna y que a su muerte dejó constituido con parte de ella un patronazgo y obra pía, y que en esos primeros años del siglo XVII se encontraba en un estado de total ruina, como consecuencia del asalto anglo-holandés acaecidos algunos años antes. Sus últimos poseedores fueron Juan de Luna, descendiente del mencionado Jaime, así como su esposa Marta de Luna y su hija Francisca de Luna. En el libro “La Isla de León en la Baja Edad Media” del catedrático de Historia D. Alfonso Franco, se menciona a Jaime de Luna y su heredad en la comprobación que en el año 1.533 hizo la Casa de Arcos de los censos que gravaban las tierras de la isla.
En el documento al que hemos hecho referencia leemos:
“...y por ser como son Poseciones antiguas que Requieren muy grande y breve Reparo Para escussar su total Ruyna y peligro mediante lo qual ssera de muy grande vtilidad y provecho al dho Patronasgo vender las dhas poseciones y heredad para que el valor y procedido dellas se sobrrogue en su Lugar y se ynponga en Renta como su santidad Lo manda exseto Las dos partes de heredad de la isla que pertenesen a doña marta de luna...”
Hay que decir que para poder enajenar los bienes que estaban acogido al patronazgo se hacía necesaria la expresa autorización de la Iglesia, para cuyo fin el Papa Pablo V había concedido la correspondiente bula. Entre los documentos aparece una trascripción en latín de la mencionada bula (Folios 71-72v).
La venta se realiza en pública almoneda, con la autorización de la autoridad, visto el informe de varios testigos sobre el estado en que se encuentran las propiedades y sacadas al pregón. Hay que decir también, que tanto la viuda como la hija de Juan de Luna tenían que prestar su consentimiento y así lo hacen con estas palabras referidas al Patrono del mencionado Patronazgo:
“...le tienen por hombre de buena conciencia y que procurara el beneficio y abmento del patronasgo y Renta del y el provecho de la susodha...”
Conozcamos la información que sobre la heredad presta uno de los testigos y que además nos va a dar noticias del estado de ruina y desolación en que habían quedado tanto Cádiz como la Isla de león con el ataque anglo-holandés de 1.596.
El 23 de mayo de 1.613 D. Bartolomé de Salvago “patrono del patronasgo que fundo la buena memoria de xayme de luna”, presenta por testigo al propio Juan de Soto y Avilés:
“...del qual fue Recibido Juranto en fforma de dico y prometio de dezir verdad...”, dice a continuación que tiene noticia “...de la heredad de biñas que esta en la ysla de leon que poseyo Juo de luna y por su muerte doña marta de Luna su mujer que linda con heredad deste to y herederos de don diego de billabisencio, y don bartolome de billaviçencio y asimismo de la tierra calma y vn pedaço de majuelo que tiene perdido y lleno de palma y la casa desta heredad esta cayda y no tiene mas de vna torre y la dha heredad no esta de provecho ni de poder de llevar fruto porque solo tiene seis arançadas de majuelo lleno de grama y mal tratado y Es nesesario arancarlo y agostar la tierra para tornarlo a plantar Para que de algun fruto y que delante de la cassa tiene vn poso y biña bieja casi perdida que el provecho que dello se coxe no basta para costa q. se tiene y todo lo demas como dho es tierra calma y pte della de palmar = y que las cassas principales que tiene en la calle cobos sabe y a bisto los testo que las quemo el yngles y tiene muchas pieças descubiertas y las que lo estan tienen nesecidad de mucho Reparo para poderse abitar la cassa y asimismo tiene noticia de la cassa y almasen que linda con cassas de hernan ssanchez dalvo y de qristoval Rodriguez de peralta las quales Estan aRuynadas y maltratadas = y asimismo tiene noticia de la cassa questa junto a la conpañia frente de los billavisencios que abita a el preste pedro de noriega Las quales cassas son en baxar y Estan asimismo maltratadas y de poco balor = y asimesmo tiene noticia de las cassas prinçipales questan en la plasuela que llaman de joan de luna que asimesmo tienen neseçidad de muchos Reparos los qles dhos bies les sera mas vtilidad y provecho al patronasgo El benderlos y ponerlos en Renta por lo que la heredad Renta poco por quanto Requieren muchos Reparos los bes y bodega dhas porque no haziendolo se arruynaran y perderan y asi le sera de mucha vtilidad a el dho patronasgo el benderlas E imponer su prosedido en bienes que Renten a el dho tro es la verdad puco y notorio por el juramto q. al sso tiene y ques de hedad de setenta as y lo firmo// juo de soto y abiles//cristobal de la vega Granado, notario.”
Todos los testigos insisten en el mal estado, tanto de la heredad, como de las propiedades de Cádiz, con frases como las ya mencionadas o como estas otras:
“... que tiene lo mas de tierra calma y que la cassa esta cayda porque el enemigo yngles las quemo el año passado de noventa y seis quando entro en esta ciud su ssaco y Ruyna que hizo en ella y solo en la dha heredad ay la torre y lo demas Esta como dho tiene caydo y quemado y que asimesmo tiene este to noticia de las cassas prinçipales questan en la calle cobos y las ha visto muchas vezes las quales estan muchas ssalas descubiertas tienen mucha neseçidad de Reparos y tiene noticia y a bisto las cassas y almasenes questan y lindan con cassas de hernan sanchez dalvo y con cassas de cristoval Rodriguez de peralta las qles estan muy maltratadas y caydas y con neseçidad de Repararlas...”
Veamos algunos textos referidos a los pregones que se realizaron para la venta de la heredad:
“En la ciud de cadiz quinze dias del mes de abril de mill y seisçientos y treze años por bos de cristoval Rodriguez pregonero puco della Estdo en la plaça puca se pregono...” continua con la descripción de los bienes que se desean vender. En otro documento referido al 22 de ese mismos mes leemos: “...heredad de biñas casa y bodega de la ysla de leon y no paresio ponedor de que hago ffe, alonso hernandez carrillo noto”
Hacer siquiera mención de todos los documentos relacionados con la venta de la heredad, supone una tarea difícil en un artículo como este, pero creo que lo expuesto nos puede dar una visión de algunos aspectos de la Isla en los últimos años del siglo XVI y principios del siglo siguiente.
En el próximo artículo conoceremos unas salinas propiedad del capitán Juan de Soto y Avilés.
Analizando los documentos de fundación del mayorazgo del capitán Juan de Soto y Avilés en lo referente a las posesiones que tenía en la Isla de León leemos:
“salinas de darillo / Yten vnas salinas de quatroçientos y quarentas tajos que son junto a la barca de darillo desta çiudad con los peltrechos que tiene para labrar sal...”
continua más adelante definiendo la situación y dice que linda con
“...salinas de los herederos de po garçia del monte que las conpre de juan benedito como se apreçiaron en la partiçion...”
Su precio fue de 13.200 reales libres de tributo. El texto nos viene a confirmar la
existencia de la barca en el camino a Cádiz para cruzar el Río Arillo.
En el año 1.849, Rafael de Solís, descendiente de Juan de Soto venderá esta salinas, ya prácticamente perdida. En el documento de venta se dice “venta de terrenos salitrosos que fueron salinas”, siendo sus linderos por el norte Salinas llamadas de la Compañía, por el sur Playa de Santa María (playa de Camposoto o mejor aún de Marcelo) y camino viejo de Cádiz, por el este Albinas, Manchón de Soto y Dehesa de la Carne, propios del Mayorazgo y por el oeste el Río Arillo. Con toda seguridad que estas salinas son las marismas inundables cercanas a la playa de Camposoto.
Por el testamento cerrado, que Juan de Soto deja otorgado el día 8 de diciembre de 1.616, ante el escribano Sebastián García Moreno (Signatura 5513 del Archivo Histórico Provincial), tenemos conocimiento que además de su hijo Luis, para quien deja constituido el mayorazgo, tenía dos hijas, Isabel y otra llamada Juana que es monja profesa en el Convento de San Cristóbal de la ciudad de Medina .
Murió en Cádiz el 22 de diciembre, unos días después de haber otorgado su testamento. La noticia de su muerte nos la proporciona el siguiente documento:
“... despues de anochesido ante el ldo Diego de mesa descalante alcalde mor de la dha ciud de ques corregidor y capitan a querra el sargento mayor Diego descobar por su magd presente y el escrivano y tos don joan nuñez alguasil mor del santo ofisio rregidor y depositario general desta ciud dixo que porque el capitan Joan de soto de abiles alferes mayor perpetuo desta ciud es muerto y pasado desta presente bida que murio abra media ora poco mas o menos y otorgo su testamento...”
Continua el documento diciendo que se abra el citado testamento, se compruebe con los testigos instrumentales y se protocolice por el escribano que deberá dar fe de todo.
Manifiesta su fe en Dios, invoca a los santos de su devoción, así como a San Juan Bautista, de quien lleva el nombre y dice que su
“cuerpo se sepulte en la capilla que tengo en la yglesia mayor desta ciud (se refiere a Cádiz) y rruego y encargo a mis alvaceas que en mi entierro no aya ponpa ni banidad del mundo...”
Tras ordenar la celebración de misas por su alma, la de su esposa y otras personas en la Villa de Avilés, encarga se den de limosna al Colegio de la Compañía de Jesús de Cádiz, mil cien reales. Deja también encargo de limosnas al Convento de San Francisco, a los Padres de Juan de Dios y Hospital de la Misericordia, al Monasterio de Nuestra Señora de la Concepción, a las Monjas de San Agustín, y un largo etc., entre los que podemos citar cien reales para repartir entre los pobres, ayuda a la fábrica de la Iglesia Mayor de Cádiz (había sido destruida en el ataque inglés), a la Cofradía del Santísimo Sacramento y a los pobres vergonzantes. A su hija monja deja cuatrocientos reales
“para ayuda de avitos y otras necesidades suyas sin quen esto tenga parte ni dero el conbento de mas de la renta que le pagan...”
En otra cláusula declara que en una memoria que dejó escrito su mujer manifestaba su deseo de dejar libre a una esclava negra de nombre Francisca.
Buena prueba de la elaboración de vinos en la Isla de León es el legado que deja a Francisco de Arrostregui
“que esta en mi casa en el despacho de mis papeles por lo que le puedo dever e devo del tienpo quen esto se a estado y servido quatro pipas de vino fino de la cosecha que tengo en la eredad en la isla de leon...” El siguiente párrafo nos informe del destino que se daba a estos vinos “...despachadas de todos deros para las yndias...”
Manda a su hijo Luis de Soto y Avilés, como poseedor del mayorazgo que deja fundado, pague todos débitos, tributos y
“...deudas sueltas ques neçesso y forçoso pagallas primero porque el dho mayorazgo a de ser de mis bienes como su majestad me lo concedio y no de los agenos y ansi para que quede perpetuado mi casa e nonbre...”
Añade que deja un memorial donde se contiene todo lo que debe, y ordena:
“se haga por mando de antoñio suarez rregidor desta ciud de cadiz a quien doy poder cunplido para ello porque le nombro por administrador para que no pueda entender en ello el dho don Luis de soto y aviles mi hixo ni otra ninguna persona por el ni otro ninguno de mis erederos...”
Más adelante manifiesta que
“el dho antonio suarez tenga administre e benefiçie la eredad de casa e viñas de la isla de leon con su arboleda y cosecha que a el presente tiene e todo lo que le pertenesçe por tiempo y espaçio de seis años que se contaran desde el dia de mi falleçimiento para que el la haga benefiçios de todas sus labores y coger sus frutos y benderlos de contado y fiado segun e como mexor le paresçiere sin sacarlos para las yndias porque de ellos no quiero que se ponga en rriesgo cosa alguna...”
Continua expresando el poder que otorga a Antonio Suárez con estas palabras:
“...a de tener en su poder e administraçion toda la dha eredad y la cobrança de lo que me pertenesçe conforme al dho memorial que yo dejo senalado para este desenpeño y bender las partes de naos...”
No sabemos el significado de “vender las partes de naos”, aunque es muy posible que se refiera al comercio de Indias que como ya hemos visto el capitán Juan de Soto tenía algunos negocios.
De la importancia que se daban a los mayorazgos y el interés para que perdurasen nos lo demuestra la siguiente frase referida al administrador:
“...sin quen esto se puedan entremeter el dho don luis de soto mi hixo y el capatas de la eredad e todas las demas personas que an de entender en el benefiçio de ella an de ser puestas y estar a orden de el dho antonio suarez...”
Los sucesores de Juan de Soto y Avilés y por supuesto del mayorazgo fueron los siguientes: Luis de Soto y Avilés, Juan Ignacio de Soto, Juan Luis de Soto y Villavicencio, Juan Gregorio de Soto y Avilés, Juan María de Soto y Avilés, Clara de Soto y Cabrera, casada con Hernando Contrera, Torcuata de Contrera, y Rafael de Solís de Contrera y Soto y Avilés. Podemos observar que el “apellido” Avilés y en algún caso el de Soto, se utilizan a conveniencia de cada uno.
Como nuestra principal intención ha sido dar a conocer el origen del paraje conocido por Camposoto, no nos vamos a detener en el estudio de cada uno de estos personajes, aunque en el próximo y último artículo nos referiremos a las reclamaciones realizadas por Juan Gregorio de Soto y Avilés por la instalación en tierras del mayorazgo de un almacén de pólvora.
Conocemos un documento de reclamación de Juan Gregorio de Soto y Avilés, Alférez Mayor Perpetuo de la ciudad de Cádiz (esta distinción era hereditaria), fechado en el año 1.747, en el que leemos que:
“de orden de V.M. se han fabricado los Almazenes de la Polvora en la Isla de Leon, en tierras del mayorazgo del Suplicante, de lo qual se le siguen tres daños, el primero, ocuparle el terreno de dhos Almazenes, y sus guardias: El segundo, el que por perjuicio dellas, nadie querrá sembrar dhas tierras ó será arrendandolas casi de Valde y el tercero, el ser dhas tierras libres de diezmos, cuio beneficio perderá tambien el suplicante, y su Mayorasgo, por los expressados motivos...”
Continua diciendo que si son necesarios estos almacenes para el Real Servicio y no queriendo
“gravar la Real Hazienda de V.M. con la recompensa”,
se le podría compensar con unos terrenos montuosos y de palmares existentes a la espalda del Castillo.
La contestación a esta petición la firma en la Cartuja de Sevilla, Fray Luis José de Ureba en agosto de 1.747. El documento en cuestión comienza diciendo:
“Muy Sr. mío: nada me sería mas amable, que hallar en este Archivo monumentos de la antigüedad, que afianzassen las posessiones de Vm contra las pretensiones de la Excma. Casa de Arcos: pero con dolor mío, me veo precisado en vista de sus ordenes, a certificar a Vmd; no ay en todo su contenido instrumento alguno que le sufrague...”
Al parecer en la Cartuja sevillana existía un archivo donde se conservaban documentos de bastantes antigüedad, como podremos constatar por el contenido de este que estamos comentando. El texto continua de la siguiente forma:
“...porque los dos unicos que estan en mi poder originales, y de que dí, y firmé nota a Dn. Franco. de Herrera, se reducen a una escripa. de Venta que celebró essa Yltma. Ciud. en 2 de Agto. de 1399, â favor del Yltmo. Cavildo Eccco. y de Fernan Gonzalez de Urdiales, que compran de mancomun el Lugar de la Puente con todas sus pertenencias, mero mixto imperio, derechos de Barcages Xa Y a otra, en que estos mismos, a saber, el Yltmo. Cavildo Eccco. Y Juana Ximenez, ya viuda del dicho Urdiales, en su nombre, y el de sus hijos menores, venden el mismo Lugar a Juan Rodriguez de Fari... (faltan las últimas letras. Podría ser Fariñas) Sevillano Yllustre: tiene su fha esta esca. en (vuelve a faltar el trozo) de sepbre. del mismo año de 1399, y de entrambas consta, que havian poseydo el dicho Lugar, Rodrigo de Foyos, y Ynes Fernan (faltan las letras) su muger, que tambien pertenecen a la nobleza antigua de Sevilla. Despues, oigo qe. poseyó esta Ysla, ô Lugar de la Puente, (qe. todo es uno) el Dr. Zuazo, Consejero Real, de que le quedó el nombre a la misma Puente, hasta el año de 1465 que Dn. Juan, 2º Conde de Arcos se apoderó de toda la Ysla de Cadiz, afectando este servicio al Sr. Rey Dn. Henrríque Quarto, depuesto ignominiosamte. de la Corona, por algunos Grandes, no siendo en realidad otra cosa, que prevenir a su implacable emulo el Duque de Medina Sydonia, qe. intentaba invadirla, no por servir en ello al Ynfante Dn. Alonso a quien adoraba Rey, sino por que Sanlucar se diesse la mano con Chiclana, Bejer, Conil, Medina Xa. Y de este modo oprimir a Chipiona, y a Rota: assí se obraba en aquel siglo infelicíssimo, en que, el que mas podía, mas valía, sin respecto a Dios, al Rey, y a las Gentes. Salióle al Conde el proyecto muy a medida de su deseo; porque pude defenderse, y ofender a su contrario, logró que el Rey se lo agradeciesse, y que ya restituido al solio, le diesse toda la Ysla por furo de Heredad para sí, y sus successores, y de hecho su hijo adorado (y con razon) Dn. Rodrigo la poseyó con los títulos de Marqués, y Duque, hasta que los sereníssimos Reyes Católicos, zelosos, y nada largos, le quitaron la Ciudad, dándole recompensa en la Sierra de Ronda, y pasando el titulo Ducal a Arcos: mas dexaronle la Ysla, Lugar de la Puente hasta nros días...”
Una vez más he preferido que sea el propio documento quien nos informe de los acontecimientos, y en este caso de ser cierto todo expuesto en el mismo, nos encontramos con una cantidad importante de datos desconocidos en la historia de la Isla. De una parte, nombres de personas que la poseyeron al final el siglo XIV y principios del XV, de los que no se tienen noticias. Por otra parte, la posesión que Juan Ponce de León, Conde de Arcos, junto con su hijo Don Rodrigo, hacen de la Isla de León y de Cádiz en el año 1.465. La conquista o toma de la plaza de Cádiz en esos años está constatada por los historiadores, no así la de la Isla de León, que según todos los datos conocidos no se produjo hasta 1.490, cuando Don Rodrigo permutó con su cuñado Don Juan Suazo, la Isla por unas posesiones en Jerez y 250 cahices de trigo. De haberse producido la apropiación de la Isla por parte de los Ponce de León en 1.465, el documento de trueque que se realiza en el 1.490 no es más que puro formulismo para legalizar una situación que ya de hecho existía.
Pero continuemos con Fray Luis José de Ureba en su contestación al Alférez Mayor Juan Gregorio de Soto y Avilés. Tras la exposición de la fecha de posesión de la Isla de León por parte de la Casa de Arcos, continua diciendo:
“… conque si la antigua, y exclarecida Casa de Vmd, posee sus terrenos en aquel termino desde antes de 1465, no tengo por dificil venzer al Duque: pero si es posterior â aquella epoca, avrá trabajo, y mayor, si los instrumentos se han perdido, como sucede quando el cielo permite, que gozen los Mayorazgos la ignavía, la estolidez, y la ignorancia”.
No es necesario afirmar la poca simpatía que para Fray José merecen algunos nobles y su afán por ayudar al Mayorazgo de los Soto y Avilés, como se deduce de lo expuesto y de lo que expresa a continuación.
“…Yo ofrezco mi silencio, y quanto valiere mi inutilidad al mayor logro de los deseos de Vmd, porque ademas de los vinculos de la política Christiana, venero su Casa, y su persona, nada menos, que como la del Gefe de la nobleza antigua, en que se representan los blasones de los antiquísimos Gadires…”
Ni que decir tiene que los almacenes de pólvora que tanto molestaban a los Soto y Avilés continuaron en tierras el Mayorazgos, sin que por otra parte se les compensara con los terrenos montuosos y de palmares propiedad del Duque de Arcos, existentes detrás del Castillo, llamado en aquellos días Castillo de León.
Con esta pequeña aportación he pretendido aportar algunos datos sobre la historia de la Isla. Aquella Isla llena de heredades o caseríos sembrados de viñedos, con sus torres, bodegas y casas principales. Unas heredades que producían buenos vinos que en muchos casos cruzaron “la mar océana” para abastecer el floreciente mercado de las Indias. Aquella Isla que en palabras de Fray Jerónimo de la Concepción era
“De tan generoso y benigno clima que los ciudadanos de Cádiz la tienen por su Aranjuez, fabricando en ella vistosas caserías, que ayudadas de la salubridad del cielo y delicadas aguas, son su más delicioso recreo…”
Andrés Ruiz Pizones












